En agosto de 2023, varias organizaciones reunidas en la Red Plurinacional Humedales expresaron su preocupación por la decisión de los Tribunales Ambientales sobre la anulación parcial o total de la declaración de humedales urbanos a lo largo de Chile, tras la reclamación de privados.
Inmobiliarias, constructoras, agrícolas, proyectos hoteleros, entre otros, ingresaron solicitudes para cuestionar los procesos de declaración y con ello revertir las decisiones del Ministerio del Medio Ambiente.
Según la Red, en agosto de 2023, al menos 20 humedales urbanos, de un total de 100 que habían sido declarados, fueron impugnados ante tribunales, de los cuales 13 sufrieron la anulación parcial o total (Diario Sostenible, 2023) de su declaratoria. A la fecha, se suman otros, como el humedal urbano La Poza y Delta del Trancura en el Lago Villarrica, que cuenta con una superficie aproximada de 804,8 hectáreas y alberga una gran biodiversidad ecológica que, en el contexto de un lago que se encuentra altamente contaminado, adquiere gran relevancia por su aporte para la buena salud del lago y la cuenca.
En este último caso, el Tercer Tribunal Ambiental acogió 2 de las 6 reclamaciones ingresadas por privados, señalando que “la intención del Ministerio no fue la de proteger a un humedal ubicado parcialmente dentro del límite urbano, sino que a un ecosistema de humedal situado mayoritariamente fuera de los límites urbanos, respecto del cual no se advierte mayor conexión o unidad ecosistémica con aquel o aquellos humedales que podrían estar situados al interior del referido límite” (Tercer Tribunal Ambiental, 2024).
De dicha resolución se desprenden dos grandes problemas. El primero se refiere a la evidente debilidad de la Ley 21.202, que cuenta con presupuestos anuales limitados, ha tenido importantes demoras en la publicación de normas, guías y orientaciones que ayuden a organizaciones y municipalidades a realizar expedientes precisos, y que además no cuenta con equipos suficientes para revisar y evaluar los expedientes ingresados, así como para notificar a propietarios cuando los humedales están emplazados en terrenos privados, entre otras dificultades. Cabe puntualizar que estas debilidades son previas a la declaración, puesto que la ley también es débil en la protección de los humedales ya declarados, ya que traspasa la responsabilidad en la gestión a municipios que no necesariamente cuentan con los recursos o las capacidades.
El segundo problema radica en la falta de comprensión, o quizás en la ceguera intencional, sobre la naturaleza y funcionamiento de los ecosistemas, que no saben de límites administrativos. Resulta ingenuo intentar fragmentar un ecosistema para su conservación. Las diversas formas en que estos ecosistemas están interconectados entre sí y con otros ecosistemas requieren de un estudio responsable. Basta observar la red de humedales en la ciudad de Llanquihue, donde más de 16 humedales se conectan a través de flujos de agua subterráneos y superficiales. Por lo tanto, es ficticio intentar proteger un humedal considerando solo una dimensión administrativa. Un claro ejemplo de esto es el Humedal Urbano de Pargua.
Ya en septiembre de 2021, el Secretario General de la ONU advertía que habíamos alcanzado un punto de inflexión sobre la necesidad de la acción climática: «La alteración de nuestro clima y nuestro planeta ya es peor de lo que pensábamos, y está avanzando más rápido de lo previsto”. Este tipo de resoluciones nos debería ayudar a avanzar; sin embargo, una ley con baches, lejos de lograrlo, precariza la protección de ecosistemas tan relevantes como los humedales y perpetúa estructuras de poder que, paradójicamente, dependen de ecosistemas saludables para su supervivencia.
Verónica Irarrázabal
Fundación Legado Chile
Referencias: